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sábado, febrero 11, 2006 

Rebus sic Stantibus

De este viejo latinajo de derivan muchas cosas.
Para empezar es una Cláusula sobreentendida en los contratos, en virtud de la cual se entiende que, las estipulaciones establecidas lo son habida cuenta de las circunstancias concurrentes en el momento, esto es, estando así las cosas, de forma que cualquier alteración sustancial de las mismas puede dar lugar a la modificación de aquellas estipulaciones. Fascinante, verdad?

Para seguir, implica que por ser una cláusula sobreentendida en los contratos, ha de ser conocida por todos aquellos que aspiren a obtener el titulo de Magíster en Leyes. Esto se entiende, sin perjuicio del monasterio, centro docente o “Universidad”, como empiezan a llamarlas en Francia.
En todo caso, la infame cantidad de horas que se necesitan para escrutar todos esos viejos códigos polvorientos del monasterio, a la luz de unas pequeñas ranuras en la pared que se llaman ventanas por hacer pensar que son grandes, sin una mísera vela de buen sebo que nos permita una lectura tranquila. Pero claro, las velas, amen de deshacerse y dejar rastros de aquello de lo que estén hechas (sebo, cera...) son peligrosas para leer; cualquier descuido podría hacer que la preciosa vitela y el magnifico pergamino ardiera, y si la biblioteca arde por los cuatro costados, entonces ya nadie mas podrá sufrir por causa de esos viejos cueros mohosos. Y eso seria impensable.
Los entendidos en letras son necesarios para todo. ¿Qué haríamos si estuviéramos perdidos en un bosque sin un letrado que nos dijera que no se puede encender fuego libre porque va contra un decreto que busca evitar los incendios? ¿Y si nos encontráramos en una isla desierta? Un letrado sería de una gran ayuda al manifestarnos claramente que no podemos tocar el rifle de cazador para cazar que llevaba uno de los muertos en el accidente, porque eso pertenece a sus herederos, y usarlo sin su permiso es ilegal.

En todo caso, no es normal que las leyes regulen cosas que pertenecen al ámbito de la cortesía. Que es eso de que una ley tenga que decir si se puede fumar en los bares o si no? Como que no se puede fumar en los patios de un centro docente? Porque no nos dicen que para fumar tenemos que ir al baño de nuestra casa con un extintor, cerrar la puerta y aislarla con un producto ignifugo, la ventana cerrada y poner un extractor de humos industrial? Lo acabaran haciendo. Sería mas fácil, así al menos sabríamos donde si se puede fumar, y no tendríamos que andar diciéndonos en los corrillo de fumadores que nos encontramos a cualquier hora en los exteriores de los edificios ¿Aquí se puede? Porque un metro más allá, no. Y si viene un policía y te encuentra en ese metro más allá, te caen entre 30 y 600 € de multa. Magnifico, pensaras, estoy agobiadísimo con el trabajo / estudios / familia, y ahora que estoy tomándome un café, ni siquiera me puedo fumar un rubio con calma y olvidarme de los problemas. NO, tengo que salir a la calle, que hace un frío de escándalo y, aparte de parecer un drogadicto, me agarro un resfriado.

Yo creo que en realidad se trata de eso, de que te lo agarres, y uno bien gordo. Asi, no iras a trabajar, con lo que no “crearas riqueza”, algo que esta en boca de todos últimamente. Por otra parte, consumirás medicamentos, dándole más dinero a las farmacias, clínicas, y demás. Y todo por un maldito cigarrillo.

Yo ya estoy acondicionando mi baño, por si acaso.